Médico especialista autónomo en Gipuzkoa: lo que Hacienda Foral espera de ti

Y que nadie te explicó cuando abriste la consulta
ACTO II — La particularidad fiscal que lo cambia todo
El médico especialista autónomo tiene una situación fiscal que le diferencia radicalmente de la mayoría de los autónomos. Y que, paradójicamente, es la que más confusión genera.
El artículo 20. Uno.3.º del Decreto Foral Normativo 3/2023 del IVA en Gipuzkoa declara exenta la asistencia a personas físicas por profesionales de la medicina. Eso significa que las facturas por asistencia médica no llevan IVA. Y si no se repercute IVA, tampoco hay que presentar declaraciones trimestrales del impuesto por esa actividad.
Hasta aquí, buenas noticias.
El problema viene cuando el profesional no entiende bien los límites de esa exención. Porque no todo lo que hace un ginecólogo es automáticamente exento.
¿Cirugía reconstructiva? Exenta — hay finalidad terapéutica acreditada.
¿Procedimientos estéticos sin indicación clínica? Sujetos al IVA al tipo reducido del 10,00%.
¿Reproducción asistida por indicación médica diagnosticada? Exenta.
¿Reproducción asistida electiva sin base clínica documentada? Terreno resbaladizo.
La línea entre lo exento y lo sujeto no siempre es visible a simple vista. Pero Hacienda Foral sí la ve. Y la busca.
En el próximo acto: qué libros estás obligado a llevar y cuáles probablemente no llevas.
